Tarifas Recursos

          HONORARIOS PROFESIONALES CORRESPONDIENTE A RECURSO DE REPOSICIÓN ANTE LA DELEGACIÓN O SUBDELEGACIÓN DE EXTRANJEROS Y/O RECURSO CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO ANTE EL JUZGADO CORRESPONDIENTE.

          El recurso de reposición es de carácter potestativo, lo que quiere decir que el interesado tiene la posibilidad de interponer este recurso como última vía previa al proceso contencioso administrativo judicial (es lo que se denomina agotar la vía administrativa), y así tener una posibilidad más de reclamar tus intereses sin tener que recurrir a la costosa y molesta vía judicial. En muchas ocasiones interponiendo el recurso de reposición se obtiene un resultado positivo.

          El recurso de reposición se interpone ante el órgano que denegó la solicitud correspondiente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación, independientemente del mes que sea.

          Dado que son muchas de las solicitudes de autorizaciones de trabajo, reagrupaciones familiares, etc., etc se deniegan en la actualidad, este despacho pone a su disposición la posibilidad de interponer el Recurso de Interposición ante la Delegación o Subdelegación que negó la solicitud, independientemente del sitio donde usted se encuentre en España, por un coste de 177,00 (IVA incluido).

          Si usted quiere contratar nuestros servicios, debe seguir los siguientes pasos:

          1. Debe ponerse en contacto con nosotros vía telefónica, llamándonos al 943629319 o 636379729, o enviándonos un email a través de las siguientes direcciones de correo:

          - Ferval_legal@hotmail.com

          - Ferval_legal@yahoo.es

          2. Una vez que se hubiera comunicado con nosotros procederá a enviarnos vía email o fax la documentación solicitada, así como la información de contacto. De igual forma, usted deberá enviarnos por correo certificado urgente dicha documentación.

          3. Por otra parte debe realizar el ingreso del 50% de los honorarios, es decir, la cantidad de 88,50€ en la cuenta que le indicaremos.

          4. Una vez recibida la documentación y el ingreso correspondiente, elaboraremos el correspondiente recurso en un plazo máximo de 72 horas laborables (días laborables 3), concluido este tiempo nos pondremos en comunicación con usted, para enviarle el recurso vía MRW para su presentación o podemos presentarlo nosotros en el Registro General de la Subdelegación, quien se encargara de enviarlo al órgano correspondiente y enviarle vía email o por correo certificado constancia de haberlo entregado. Para lo cual, previamente usted deberá ingresar el 50% de los honorarios pendiente de pago.

          5. Es importante que usted siga los pasos indicados a la mayor brevedad posible, ya que el tiempo transcurre bastante rápido y nuestro deber es hacerlo de la mejor manera y a la mayor brevedad posible.

 

 

          HONORARIOS PROFESIONALES CORRESPONDIENTE A RECURSO DE REPOSICIÓN POR DENEGACIÓN DE VISADOS POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR, ESTUDIOS, ETC, ANTE LOS CONSULADOS ESPAÑOLES.

          Es práctica casi deportiva que los Consulados Españoles deniegen los correspondientes visados, saltandose a la torera las resoluciones dictadas por organismos como son las Delegaciones o Subdelegaciones de Extranjería, que previamente han resuelto favorablemente sobre las mismas. Ante esta denegatoria, los interesados pueden interponer Recurso de Reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación y ante el mismo Consulado.

          También cabe la posibilidad que pueda dirigirse directamente ante la Sala correspondiente del Tribunal de Justicia de madrid, para lo cual tendrá 2 meses desde que recibio la notificación para interponer el correspondiente recurso; el cual también puede ser presentado, si le es denegado el Recurso antes mencionado.

          Dado que son muchas las solicitudes que se deniegan en la actualidad, este despacho pone a su disposición la posibilidad de interponer el correspondiente Recurso Potestativo, independientemente del sitio donde usted se encuentre, por un coste de 250,00 (IVA incluido) y el seguimiento del mismo, del cual le iremos informando.

          Si usted quiere contratar nuestros servicios, debe seguir los siguientes pasos:

          1. Debe ponerse en contacto con nosotros vía telefónica, llamándonos al 943629319 o 636379729, o enviándonos un email a través de las siguientes direcciones de correo:

          - Ferval_legal@hotmail.com

          - Ferval_legal@yahoo.es

          2. Una vez que se hubiera comunicado con nosotros procederá a enviarnos vía email o fax la documentación solicitada, así como la información de contacto.

          3. Por otra parte debe realizar el ingreso del 50% de los honorarios, es decir, la cantidad de 125,00€ en la cuenta que le indicaremos.

          4. Una vez recibida la documentación y el ingreso correspondiente, elaboraremos el correspondiente recurso en un plazo máximo de 72 horas laborables (días laborables 3, RECUERDE QUE SON 30 DÍAS PARA INTERPONER EL RECURSO), concluido este tiempo nos pondremos en comunicación con usted, para enviarle el recurso para su presentación. Para lo cual, previamente usted deberá ingresar el 50% de los honorarios pendiente de pago.

          5. Es importante que usted siga los pasos indicados a la mayor brevedad posible, ya que el tiempo transcurre bastante rápido y nuestro deber es hacerlo de la mejor manera y a la mayor brevedad posible.

          Si por el contrario usted quiere ejercer el Recurso ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el mismo tiene un coste de 1.400,00 € IVA incluido (no incluye los gastos de Procurador y los gastos de traslado). Para lo cual le sugerimos que nos pida un presupuesto, el cual le enviaremos gustosamente.

          RECUERDE QUE ES IMPORTANTE QUE USTED CUENTE CON UN ABOGADO DE SU CONFIANZA Y QUE CONOZCA DE LA MATERIA.

          (NO incluye gastos de envios por MRW, si usted lo requiere).

 

 

 

          HONORARIOS PROFESIONALES CORRESPONDIENTE A RECURSO ANTE LA DIRECCION DE REGISTROS Y NOTARIAS POR DENEGACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO EN LOS CONSULADOS ESPAÑOLES.

          En muchisimas ocasiones los Consulados Españoles deniegan la Inscripción de Matrimonio, de un ciudadano español con un extranjero ante sus dependencias, por considerar que son matrimonios de complacencia, en base a una famosa Instrucción de la Dirección General de los Registros y el Notariado de España. Por consiguiente las mias, se hacen sin motivación alguna y sin tomar en consideración que la Carta Magna (Constitución Española) no impide a sus ciudadanos casarse con quien deseen.

          Ante esta denegatoria, los interesados pueden interponer Recurso ante la Dirección General de los Registro y el Notariado del Ministerio de Justicia, en un plazo de 15 días, desde que se recibio la notificación de la misma..

          Es importante saber, que una vez interpuesto el correspondiente Recurso, el Consulado enviará toda la documentación correspondiente conjuntamente a la mencionada Dirección en España y una vez recibida por esta dependencia y revisado que todo el expediente este completo, apartir de allí comenzara un largo y espacioso tiempo de 18 meses (como mínimo) para que decidan si es procedente su Inscripción o no. Por otra parte, no cabe alegar Silencio Administrativo, porque la Ley de Registro Civil y su Reglamento, que son las normas por las que se rigen este tipo de Recursos, lo descarta.

          También cabe la posibilidad que pueda dirigirse directamente ante la Sala correspondiente del Tribunal de Justicia de madrid, para lo cual tendrá 2 meses desde que recibio la notificación para interponer el correspondiente recurso; el cual también puede ser presentado, si le es denegada la inscripción por la Dirección de Registros y Notariados.

          Para ambos casos, es necesario que usted cuente con un abogado conocedor de la materia y sobre todo que tenga licenciatura en España. Es muy conocida la práctica de abogados en los diferentes países, que cobran por la interposición de estos Recursos (hablo sobre el que se interponer ante la Dirección de Registros y Notariados), sin conocer las leyes españolas, por consiguiente muchos son presentados careciendo de la parte correspondiente al derecho, que es fundamental en todo recurso aparte de narrar los hechos.

          Dado que son muchas las solicitudes que se deniegan en la actualidad, este despacho pone a su disposición la posibilidad de interponer el Recurso ante la Dirección General de los Registros y el Notariado del Ministerio de Justicia, independientemente del sitio donde usted se encuentre, por un coste de 300,00 (IVA incluido) y el seguimiento del mismo, del cual le iremos informando.

          Si usted quiere contratar nuestros servicios, debe seguir los siguientes pasos:

          1. Debe ponerse en contacto con nosotros vía telefónica, llamándonos al 943629319 o 636379729, o enviándonos un email a través de las siguientes direcciones de correo:

          - Ferval_legal@hotmail.com

          - Ferval_legal@yahoo.es

          2. Una vez que se hubiera comunicado con nosotros procederá a enviarnos vía email o fax la documentación solicitada, así como la información de contacto.

          3. Por otra parte debe realizar el ingreso del 50% de los honorarios, es decir, la cantidad de 150,00€ en la cuenta que le indicaremos.

          4. Una vez recibida la documentación y el ingreso correspondiente, elaboraremos el correspondiente recurso en un plazo máximo de 72 horas laborables (recuerde que son 15 días para interponer el Recurso), concluido este tiempo nos pondremos en comunicación con usted, para enviarle el recurso para su presentación. Para lo cual, previamente usted deberá ingresar el 50% de los honorarios pendiente de pago.

          5. Es importante que usted siga los pasos indicados a la mayor brevedad posible, ya que el tiempo transcurre bastante rápido y nuestro deber es hacerlo de la mejor manera y a la mayor brevedad posible.

          Si por el contrario usted quiere ejercer el Recurso ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el mismo tiene un coste de 1.400,00 € IVA incluido (no incluye los gastos de Procurador y los gastos de traslado). Para lo cual le sugerimos que nos pida un presupuesto, el cual le enviaremos gustosamente.

          RECUERDE QUE ES IMPORTANTE QUE USTED CUENTE CON UN ABOGADO DE SU CONFIANZA Y QUE CONOZCA DE LA MATERIA.

          (NO incluye gastos de envios por MRW, si usted lo requiere).