- 1.- Espa帽oles en el extranjero
- 2.- Tipos de Autorizaciones de Residencia
- 3.- Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales
- 4.- Residencia de Larga Duraci贸n
- 5.- Menores Extranjeros
- 6.- Modificaci贸n de las Situaciones de los Extranjeros en Espa帽a
- 7.- Expulsi贸n
- Bono Extranjer铆a
- Tarifas
- Tarifas Recursos
- Tr谩mites
Formas de Reclamaci贸n
La víctima un accidente de circulación e independientemente de la clase de daños que sufras tiene derecho a ser indemnizado. Existen dos vías, para reclamara dicha indemnización, a saber:
Cuando concurre el Procedimiento penal (se inicia mediante denuncia):
Lesiones que tarden en curar más de un día.
Es recomendable la denuncia, porque con ella se obtiene el informe del médico forense, debido a su importancia y gran valor para negociar con la compañía aseguradora o para una posterior demanda en la vía civil, si fuera el caso que el denunciado fuera absuelto.
Inicio del Procedimiento civil (demanda):
En ocasiones suele ser la única vía , cuando han transcurridos 6 meses para acudir a la vía penal.
Única vía cuando sólo ha habido daños materiales.
Se tiene que contratar los servicios de un perito especialista en la valoración de daños corporales.
Si al interponer la denuncia, los hechos son constitutivos de un delito o falta, en el mismo procedimiento penal podrá determinarse la cuantía de la indemnización que en su caso le correspondería y que debe abonar la compañía aseguradora como reparación a los daños personales y materiales sufridos por la víctima del accidente de tráfico. Es importante que usted sepa, que para recurrir a la vía penal deben existir lesiones que tarden en curar más de un día.
NOTA. SOBRE LOS HONORARIOS DE ABOGADO: La mayoría de los seguros de automóvil incluyen la cobertura llamada “Defensa Jurídica” (la cual es algunas pólizas es llamada reclamación de daños). Esta cubre la reclamación de daños que sufran tanto el conductor, los pasajeros, así como los herederos con derecho a indemnización, cuando el culpable del accidente es otro vehículo. Esta te permite elegir a un abogado de tú confianza y es la compañía de seguros quien paga los honorarios de tú abogado una vez obtenida la indemnización.
Si has sufrido un accidente como peatón o ciclista y si tienes una Póliza de Hogar, Accidentes o Decesos, que incluyan la defensa jurídica, puedes ejercer tú derecho.