Si se interna a un extranjero/a ¿qué sucede si tiene hijos menores de edad?
Enviado por maria el Mié, 22/10/2008 - 09:40.
El extranjero/a tiene derecho a tener en su compañía a sus hijos menores, siempre que el Ministerio Fiscal informe favorablemente respecto de tal medida y existan en el centro módulos que garanticen la unidad e intimidad familiar. Si no hay espacios habilitados se harán cargo de ellos los servicios de protección de menores. Los menores en los que concurran los supuestos previstos para el internamiento serán puestos a disposición de los servicios competentes de protección de menores.